Te informamos que no se pueden transportar objetos que puedan suponer un riesgo para la salud de los pasajeros y de la tripulación.
Se consideran objetos peligrosos los siguientes:
Objetos punzantes, cortantes o contundentes que puedan ser utilizados para intimidar, agredir o poner en peligro a los demás.
Incluye detonadores, espoletas, granadas, minas y explosivos.
Incluye propano y butano.
Incluye la gasolina y el metanol.
Incluye el magnesio, los encendedores, los fuegos de artificio y las bengalas.
Incluye la lejía y los kits de reparación de carrocerías.
Incluye raticidas y la sangre infectada.
Incluye los isótopos para uso médico o comercial.
Incluye el mercurio y las baterías para automóviles.
Hasta 2,5Kg por persona y en medidas especiales.
Las pilas y las baterías de Litio pueden ser facturadas como equipaje si viajan instaladas en ordenadores portátiles, cámaras, teléfonos móviles o equipos similares. Estos deben estar desconectadas y deberás haber tomado las medidas necesarias para asegurarte que no puedan activarse accidentalmente.
Las pilas y baterías de Litio de gran tamaño deben ser embaladas y transportadas en la bodega del avión como Carga, según la Reglamentación para el transporte de mercancías peligrosas de IATA.
Existen más restricciones sobre artículos o productos menos usuales, y/o que requieren medidas especiales para ser transportados en la bodega del avión. Puedes consultar la información detallada en el siguiente enlace: